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Artículo 1. Cada ingresante del cuerpo se hará cargo del armamento entregado, la pérdida del armamento llevará una sanción monetaria.
Artículo 2. Respetar siempre el uniforme. Así mismo se prohíbe en su totalidad el uso de máscaras, mascarillas, tatuajes faciales, gorras, cadenas, maletas, cabello tintado etc.
Artículo 3. El uso de los vehículos otorgados será única y llanamente para uso de patrullaje no para uso personal.
Artículo 4. Se prohíbe cualquier acto considerado como corrupción en caso de ser encontrados serán expulsados inmediatamente del cuerpo y se los condenará a una cadena perpetua. Está prohibido comprar, vender y/o usar armas de la policía para beneficio propio. (Solo podrán usar su arma reglamentaria según el rango establecido)
Artículo 5. Todo oficial que se encuentre en servicio deberá permanecer siempre en la radio policial.
Artículo 6. La prioridad de un oficial es siempre valorar su vida, la de sus compañeros y la de todos los ciudadanos en todo momento.
Artículo 7. La Policía solo hará uso de su arma de Fuego si se sienten amenazados con cualquier objeto que ponga en peligro su vida o la de su compañero(s). Teniendo siempre en cuenta el principio de congruencia y proporcionalidad.
Artículo 8. Es el deber del oficial leer los derechos a una persona detenida antes de ingresarlo a comisaría, servicio comunitario y la prisión.
Artículo 9. En una persecución, los policías tienen permitido obstruir con la patrulla a fin de detener al vehículo sospechoso (código 100). Así mismo si omiten los 3 avisos enviados o pongan en peligro la vida de los policías o la de los transeúntes; es permitido por la policía el uso de la Clave Rober (Disparar a las llantas).
Artículo 10. Si una patrulla deja de funcionar deberán solicitar un mecánico para su reparación. Cuando un oficial anuncie su salida de servicio debe guardar su patrulla. Las patrullas que hayan sido encontradas abandonadas conllevarán una sanción dentro del cuerpo policial.
Artículo 11. Será responsabilidad de cada oficial el uso correcto de su armamento, así como también el registrarlo al momento de su asignación.
Artículo 12. Se permitirá que solo los altos rangos de la policía (Capitán hacia adelante), lleven consigo su pistola de combate cuando se encuentren fuera de servicio.
Artículo 13. Los oficiales tendrán permitido el cachear los vehículos y propietarios de los mismos siempre y cuando exista una causa probable o sea sospechoso de haber cometido un delito.
Artículo 14. Un agente estará en su completo derecho de pedir a una persona que se identifique, Si el susodicho levanta sospechas el oficial estará en su derecho de registrarlo en busca de objetos ilegales o estupefacientes.
Artículo 15. Queda terminantemente prohibido el uso de armas letales de fuego en contra de un civil sospechoso que se encuentre desarmado, solo podrán hacer uso de sus armas no letales como el taser o macana.
Artículo 16. Si estás patrullando con un compañero el encargado de la radio será el copiloto.
Artículo 17. En los secuestros no se podrá disparar a los secuestradores hasta que el rehén este fuera de su vista, queda terminantemente prohibido poner en riesgo la vida de los ciudadanos y compañeros del cuerpo.
Artículo 18. Si es un nuevo integrante del cuerpo policial, se le dará el rango Suboficial y tendrá un plazo de 5 días reales de prueba, plazo en el cual podrá ser despedido por falencias en su labor, considerando temas de rol, el trato con los ciudadanos o sus compañeros, incumplimiento de las reglas, entre otros.
Pasado los 5 días de prueba, pasa a ser parte de manera oficial del cuerpo policial y no podrá abandonar el trabajo hasta dentro de los 25 días subsiguientes. En caso de abandonar antes del tiempo establecido, se aplicará una sanción de la siguiente forma:
Faltando 25d a 21d = 5 días BAN
Faltando 20d a 16d = 4 días BAN
Faltando 15d a 11d = 3 días BAN
Faltando 10d a 6d = 2 días BAN
Faltando 5d a 1d = 1 días BAN
Artículo 19. La policía tendrá que designar a un solo Adam para que vaya al código de robo.
La buena interpretación de rol es esencial para mantener la credibilidad y el realismo del entorno de roleplay. Como figuras de autoridad, los policías deben actuar con integridad y respeto, incluso en situaciones tensas. El incumplimiento de esta regla puede resultar en sanciones, ya que es vital que los oficiales de policía en el servidor sirvan como un ejemplo de comportamiento adecuado para toda la comunidad.
Artículo 20. La policía puede tener un rol de “coimas” (Obtención de dinero) únicamente en un rol de tránsito, se encuentra rotundamente prohibido hacer este rol en otra circunstancia. Tanto por entorno como interpretación de rol no se puede abusar de esta regla.
Artículo 21. Al generarse un Código 1 (Robo) únicamente un Adam debe acercarse a la zona para verificar el entorno, en caso vea un evidente robo no podrá pedir refuerzos hasta que algún oficial sea abatido o un oficial abata a un delincuente y solo podrá pedir como máximo refuerzo de 2 Adam extra. El helicoptero no cuenta como Adam Extra, este solo puede dar información (solo dentro de la ciudad).
Artículo 22. En caso la situación se trate de un tiroteo, la policía después de iniciar el tiroteo podrá pedir refuerzos sin la espera de que alguien sea abatido, y podrán llegar una cantidad máxima de 4 Adam extra. El helicoptero no cuenta como Adam Extra, este solo puede dar información (solo dentro de la ciudad).
Artículo 23. Cuando un policía entra en servicio, no puede acudir a los tiroteos que se encuentren vigentes en ese momento, es decir que hayan comenzado antes de su ingreso, esperando un mínimo de 10 minutos de su ingreso para acudir a dicho tiroteo (en caso de extenderse) o esperar la designación de Adam.
Artículo 24. La P.N.P tendrá a su disposición varios niveles de armamento para salvaguardar la seguridad de los ciudadanos.
1.1 Armas reglamentarias nivel 1.
• Pistola de combate.
• Taser.
• Macana.
• Linterna
1.2 Armas reglamentarias nivel 2.
• SMG
• Escopeta
1.3 Armas reglamentarias nivel 3.
• Rifle de Asalto
• Francotirador.
Artículo 25. Con el objetivo de reducir a los sospechosos que priven de la libertad a uno o más ciudadanos o que mediante la intimidación cometan actos delictivos. Serán reducidos inmediatamente por el accionar
1.1 Antes de iniciar cualquier robo organizado ya sea locales, tiendas o Bancos, tendrán que preguntar a la policía mediante/anon si el robo en “específico” se encuentra disponible.
1.2 Se deberá informar a la ciudadanía que una situación de robo se está efectuando en: nombre de la zona y tipo de robo.
“Se recomienda a la ciudadanía tomar vías alternas toda persona que se encuentre en la zona mencionada será considerado sospechoso y será reducido inmediatamente.”
1.3 Siempre se necesitará un mínimo de 2 EMS en servicio para poder realizar cualquier tipo de Robo Organizado.
1.4 No se puede negociar el uso de vehículos de los policías o EMS para una posible persecución.
1.5 Un rehén no puede estar más de 20 minutos secuestrado, con excepción de secuestros para robos organizados.
1.6 Está totalmente prohíbo la negociación de intercambio de rehenes por dinero, solo se podrá negociar por tiempo y/o remoción de objetos.
1.7 En caso de llegar a un acuerdo, respetar el conteo de la negociación (No salir antes), por parte del policía negociador.
1.8 En caso de no existir ningún acuerdo de negociación entre ambos bandos o no exista rehenes, se hará un conteo de 10 segundos para comenzar el tiroteo.
1.9 Prohibido el usar rehenes cómplices o que pertenezcan al mismo bando, por lo cual, si hay un acuerdo de negociación, estos serán cacheados fuera del lugar del atraco antes del proceder al conteo.
1.10 En caso de colocar barreras, conos, pinchos, se debe volver a guardar (eliminarlos) luego de levantar el operativo.
1.11 En caso de optar por persecución, los delincuentes solo pueden hacer uso los Vehículos de Concesionaria de Gama 1.
1.12 En una persecución luego de un robo organizado, los policías tienen permitido obstruir
con la patrulla a fin de detener al vehículo sospechoso (código 100). Así mismo si los delincuentes ponen en peligro la vida de los policías o la de los transeúntes; es permitido por la policía el uso de la Clave Rober (Disparar a las llantas).
Artículo 26. Derechos de las Personas Arrestadas.
La P.N.P. en base a la constitución deberá hacer saber los derechos de las personas que serán privadas de su libertad.
• 1.1 Tiene derecho a guardar silencio y a no declarar en su contra.
• 1.2 Tiene derecho a alimentación y bebida.
• 1.3 Tiene derecho a asistencia médica en caso de que lo requiera.
Artículo 27. Procedimiento Policial.
1. Pedir el documento de identidad a la persona que se realice la intervención, darle a conocer el motivo de su detención y revisar si se encuentra en búsqueda o captura.
2. Requisarlo en caso de que sea sospechoso.
3. En caso de encontrarlo culpable esposarlo y llevarlo a comisaría para su procesamiento. 4. Leerle los derechos antes de ingresar a comisaría
5. Al momento de realizar el procesamiento en la comisaría colocarle las multas correspondientes.
6. Realizar el registro de antecedentes en comisaría
7. Enviarlo a prisión el tiempo que corresponda.
Artículo 28. Se podrá detener de manera inmediata a toda persona que:
• Se le encuentre cometiendo un delito Infraganti.
• Se encuentre en búsqueda y captura
• Se dé a la fuga.
• Sean sospechosos debido a denuncias de ciudadanos.
• Se encuentren en una zona de alerta policial.
1.1 Es obligación del oficial leerle los derechos a una persona arrestada antes de ingresar a comisaria, caso contrario y esta es omitida, el arrestado puede reclamar su libertad, pero eso no lo excluye de confiscarle sus objetos ilegales y/o las multas colocadas.
1.2 Un ciudadano podrá ser detenido (prisión preventiva) siempre y cuando haya una investigación de por medio o evidencias en su contra. Así mismo no tendrán derecho al Habeas Corpus (Salir de prisión por omisión de la lectura de los derechos).
1.3 Los Detenidos podrán ser identificados por los demandantes o testigos en caso de que existan.
Artículo 29. Una persona arrestada que se encuentra dentro de comisaria tendría que respetar el entorno del lugar y el procesamiento de su detención realizado por el oficial. Así mismo el oficial tiene libre potestad de realizar las acciones necesarias a fin de que se cumpla.
Artículo 30. Los detenidos en un acto ilícito serán juzgados al unisonó y no individualmente tomando en cuenta que el delito cometido lo realizaron como una sociedad.
El sistema de multas indica el tiempo que deberá pagar el ciudadano por la acumulación de las mismas.
Artículo 31. El tiempo en comisaria/piedras gordas se basará en la cantidad de multas acumuladas, siguiendo el formato mostrado a continuación:
1000 - 4999 $ = 5 – 9 meses en la comisaría/comunitario.
5000- 10000 $ = 10 – 15 meses en el Penal de máxima seguridad.
10001 - 20000 $ = 16 – 20 meses en el Penal de máxima seguridad.
20001 – 30000 $ = 21 – 25 meses en el Penal de máxima seguridad.
30001 – 40000 $ = 26 – 30 meses en el Penal de máxima seguridad.
40001 – 79999 $ = 31 - 35 meses en el Penal de máxima seguridad.
80000 $ en Adelante = Cadena Perpetua (CK) - Traslado a Penal de Máxima Seguridad.
Artículo 32. Las personas que tengan un alto perfil delictivo serán consideradas como personas peligrosas en nuestra base de datos.
1 - 9 Antecedentes en la base de datos = Persona Pasiva.
10 - 19 Antecedentes en la base de datos = Persona Neutra.
20 - 25 Antecedentes en la base de datos = Persona Agresiva.
26 - 29 Antecedentes en la base de datos = Persona Altamente Peligrosa.
Las personas que superen los 30 antecedentes policiales Serán fichados como Terroristas y se procederá a realizar una búsqueda y captura de los mismos.
En caso de ser atrapados se les impondrá la pena máxima de Cadena perpetua (CK).
Sistema integral de multas y sanciones (Narcóticos)
Artículo 33. El sistema integral de multas y sanciones (Narcóticos) se basará en única y exclusivamente los siguientes puntos.
• Si un civil tiene menos de 10 gramos de droga (Cualquier tipo) se procede a colocarle la multa correspondiente (Portación de Droga).
• Si un civil tiene entre 10-150 gramos de droga (Cualquier tipo) se procede a colocarle la multa (Venta de droga), se confisca la sustancia y se le envía a prisión 10 meses. • Si un civil tiene más de 150 gramos de droga (Cualquier tipo) se procede a colocarle la multa (Fabricación de droga), se confisca la sustancia y se le envía a prisión por 15 meses.
Traslado al Penal de Máxima Seguridad.
Artículo 34.
1.1 El traslado a prisión se llevará a cabo siempre y cuando supere los 20000 $ de multas y que por lo menos 8 policías se encuentren en servicio para que se realice el traslado (No prioritario a menos que el arrestado lo solicite).
1.3 En caso de que el convoy sea intervenido en pleno traslado se podrá hacer uso de la fuerza con armamento de Nivel 3.
1.4 En caso de que el preso sea liberado motivo de un motín en contra del cuerpo policial el mismo será prófugo de la justicia y se redactara un acta de búsqueda y captura en su contra.
1.5 La policía debe informar a la ciudadanía que se está realizando un traslado a prisión y que la policía se encuentra ocupada.
1.6 En caso de que se haga MetaGaming en este tipo de situaciones se sancionará fuertemente.
1.7. La Policía tiene permitida utilizar todos los niveles de armas en el traslado del delincuente(s), así mismo el uso de solo (1) francotirador y chalecos.
1.8. Es permitido los operativos en cubierto de parte del Escuadrón Verde – TERNAS. (Unidad de Inteligencia Táctica Operativa Urbana de la Policía Nacional).
Artículo 35. Todo vehículo incautado por el cuerpo policíal, permanecerá de forma indefinida en la comisaría hasta ser reclamado por el dueño de este mismo.
Artículo 36. El nivel de Alerta es el encargado de medir el nivel de disponibilidad y defensa del cuerpo policial acatando un estado de emergencia.
❖ Alerta Halcón
✓ Se activa cuando existan demasiadas Alertas Policiales
✓ El cuerpo policial tendrá permitido el uso de vehículos especiales (Helicóptero).
❖ Estado de Emergencia (Nivel 1).
✓ Se activa cuando existan demasiadas Alertas Policiales.
✓ Todo miembro del cuerpo policial tendrá avisar a ciudadanos sospechosos, en caso de hacer caso omiso intervenir a estos mismos.
✓ El cuerpo policial tendrá permitido el uso de vehículos especiales (Interceptor).
✓ Se permite el uso de Chaleco Antibalas.
❖ Estado de Emergencia (Nivel 2).
✓ Se activa cuando existan muchos robos y secuestros a civiles.
✓ Todo miembro del cuerpo policial tendrá permitido el intervenir a cualquier ciudadano que se encuentre en actividades sospechosas.
✓ El cuerpo policial tendrá permitido el uso del armamento letal de Nivel 2
✓ El cuerpo policial tendrá permitido el uso de vehículos especiales (Interceptor y Helicóptero).
✓ El uso del Chaleco Antibalas es Obligatorio.
❖ Estado de Emergencia (Nivel 3).
✓ Se activa cuando un miembro del cuerpo policial es secuestrado o resulta abatido en medio de un secuestro.
✓ Todo miembro del cuerpo policial tendrá permitido el intervenir a cualquier ciudadano que se encuentre en actividades sospechosas.
✓ El cuerpo policial tendrá permitido el uso del armamento letal de Nivel 3.
✓ El cuerpo policial tendrá permitido el realizar el control de vías y lugares públicos.
✓ El cuerpo policial tendrá permitido el uso de vehículos especiales. (Interceptor, Helicóptero, Blindado)
✓ El uso del Chaleco Antibalas es Obligatorio.
❖ Alerta Máxima (Nivel 4).
✓ Se activa cuando la policía no da abasto con las Alertas en la ciudad y existen múltiples secuestros, Robos organizados, Asesinatos, Extorsiones.
✓ Todo miembro del cuerpo policial tendrá permitido el intervenir a cualquier ciudadano que se encuentre en actividades sospechosas.
✓ El cuerpo policial tendrá permitido el uso del armamento letal de Nivel 3.
✓ El cuerpo policial podrá restringir la vialidad en zonas que considere necesarias.
✓ El cuerpo policial podrá hacer uso de todos los vehículos especiales.
✓ El cuerpo policial tendrá permitido abrir fuego directo en caso de sentirse amenazado.
✓ El uso del Chaleco Antibalas es Obligatorio.
Artículo 37. Registro de una persona o su vehículo.
Sólo se permitirá registrar a una persona o su vehículo en caso de tener causa probable de:
• Portación de máscara.
• Que se muestre sospechoso con intenciones de no ser revisado.
• Que se encuentre en la zona de alerta de tiroteo o punto de estupefacientes.
• Que se visualice un arma en la cintura o espalda.
• Que sea sospechoso y se encuentre en búsqueda y captura, etc.
No se podrá registrar a una persona por delitos de transito: pasarse un semáforo, provocar un choque, conducir en dirección contraria, etc. (delitos menores).
Artículo 38. Uso del Helicóptero Policial.
1. Los policías no podrán disparar desde el helicóptero policial, tan solo podrá ser usado como medio de transporte, para poder comunicar [dar información] se requiere de 2 policías mínimo dentro del helicóptero.
Artículo 39. Uso del Gas Lacrimógeno.
La policía tendrá permitido el uso de gas lacrimógeno en: Todos los Robos Organizados (Excepto robo a Tienda, Joyería y Armería), teniendo en cuenta:
• Solo se podrá usar en un promedio de 10 minutos después de iniciado el tiroteo • La cantidad de gas lacrimógeno permitido es “Cantidad de policías permitidos en robo MENOS 1”
Ejemplo: ✓ Robo a armería: Participan 3 policías, por tanto se permitirán 2 Gases lacrimógeno.
Artículo 40. Solo pueden usar la ventaja de animación rápida los policías en servicio.
Articulo 41. Para realizar actos ilícitos(delitos de sangre) después de una renuncia se debe esperar un plazo de 14 días, de caso contrario se procederá con un CK policial.
Todo policía deberá acatar el reglamento interno.
Atentamente. Policía Nacional del Perú – NOT PIG.
Créditos:
Realizado y redactado por Peluchin y Mentitas.
Modificado por Yuki
Diseñado por GarciiaPlay